También denominada Cuenta individual del SAR. Es la cuenta personal e intransferible que tiene cada uno de los trabajadores y trabajadoras, en la cual se depositan las cuotas que realizan el patrón, el gobierno y el trabajador/ra, así como las aportaciones voluntarias, el Ahorro Solidario para trabajadores ISSSTE y los rendimientos que se ganan por la inversión de los recursos.
A. Subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV):
Retiro: es el 2% del salario base de cotización (SBC) del trabajador/ra, esta aportación es patronal.
Cesantía en edad avanzada y Vejez: es una aportación tripartita; el trabajador aporta un 1.125%, el patrón el 3.150% y finalmente el Gobierno Federal aporta el 0.255%. Todas las aportaciones son sobre el SBC del trabajador/ra. (A partir de 2023, la aportación se incrementará gradualmente de acuerdo al salario base de los trabajadores hasta llegar al 15% del salario base en 2030).
Cuota social: es una aportación adicional realizada por el Gobierno Federal de acuerdo al rango en que se encuentre el salario de cotización de cada trabajador/ra.
B. Subcuenta de Vivienda: es el 5% del SBC y la realiza el patrón. Esta aportación es administrada por el INFONAVIT, y la AFORE solo registra y lleva el control de los recursos.
C. Subcuenta de Aportaciones Voluntarias: son los depósitos que voluntariamente realiza el trabajador/ra para incrementar el saldo de su ahorro para el retiro y mejorar considerablemente su pensión.
A. Subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV):
Retiro: es el 2% del sueldo base de cotización (SBC) del trabajador/ra, esta aportación es realizada por las Dependencias y Entidades.
Cesantía en edad avanzada y vejez: el trabajador/ra aporta un 6.125%, el patrón el 3.175%. Todas las aportaciones son sobre el SBC del trabajador/ra.
Cuota social: Es una aportación adicional realizada por el Gobierno Federal 5.5% del SMGDF . ( Salario Mínimo General vigente en el Distrito Federal)
B. Subcuenta de Vivienda: es el 5% del SBC y la realiza la Dependencia o Entidad. Esta aportación es administrada por el FOVISSSTE, y la AFORE solo registra y lleva el control de los recursos.
C. Subcuenta de Aportaciones Voluntarias: son los depósitos que voluntariamente realiza el trabajador/ra o la Dependencia y Entidad, para incrementar el saldo de su ahorro para el retiro y mejorar considerablemente la pensión.
a. Ahorro Solidario descuento de 1% o 2% vía nómina para los trabajadores/ras que opten por dicho descuento. Por cada $1.00 la Dependencia o Entidad deberá aportar $3.25 con un tope máximo de 6.5% del SBC.
Son trabajadores/ras que no cotizan ni al IMSS ni al ISSSTE pero que tienen la posibilidad de abrir su propia cuenta individual en la AFORE de su preferencia; esto le permitirá incrementar su patrimonio así como tener una pensión al momento de su retiro.
A. Subcuenta de Aportaciones Voluntarias: son los depósitos que voluntariamente realiza el trabajador /ra su ahorro para obtener una pensión mensual a la edad de retiro por medio de las aportaciones realizadas.
Cuando un trabajador/ra inicia a laborar de manera formal y aún no ha elegido una AFORE, su ahorro para el retiro se encuentra en una “cuenta concentradora”, si después de un año la persona sigue sin elegir una Administradora, la CONSAR asignará su cuenta a alguna AFORE que haya otorgado los mejores rendimientos y cobrado las más bajas comisiones. No obstante, se podrá cambiar a la AFORE de su preferencia en el momento que lo decida. Es importante registrarse en una AFORE para empezar a recibir los beneficios que otorgan, como recibir los estados de cuenta con los cuales se lleva el control de los recursos depositados.
Descarga la aplicación AforeMóvil en App Store, Google Play o AppGallery, actívala e identifícate. También puedes ingresar a www.aforeweb.com.mx o llamar al centro de atención telefónica de SARTEL al 55-13-28-5000 si resides en México, o SARTEL EUA al 1-844-582-4933 si resides en Estados Unidos; y con solo dar tu CURP o tu Número de Seguridad Social sabrás quién administra tus recursos. Así de sencillo es comenzar a llevar el control de tu ahorro para el retiro.
Podrás pensionarte con menos semanas de cotización, antes te pedían 1250 y ahora solo necesitas 750 para obtener una pensión mínima garantizada; además el saldo de tu cuenta AFORE aumentará debido al incremento de las aportaciones a partir del 2023 y a la disminución paulatina de comisiones que cobran las AFORE, lo cual podría mejorar tu pensión. Consulta más detalles sobre estos cambios aquí: https://www.youtube.com/watch?v=quKZhcuSmQA
No. Únicamente aplican para las personas que comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio 1997. El beneficio consiste en disminuir el mínimo de semanas de cotización requeridas para obtener una pensión de 1250 a 750 semanas en el 2021 e ir aumentando cada año 25 semanas hasta llegar a 1,000 semanas en el año 2031.
No. La aportación de los trabajadores/ras no se incrementó. El aumento de las aportaciones las realizará directamente la empresa en la que laboras a partir del 2023.
Cuando solicites tu registro en una AFORE o tu cambio de AFORE, te pedirán que captures los datos de tus beneficiarios. Solo necesitas su CURP y definir el porcentaje que le corresponde a cada uno. Si ya tienes beneficiarios y necesitas actualizarlos puedes hacerlo desde la sección Mi perfil.
Es recomendable que designes a tus beneficiarios, pero si de momento no conoces la CURP de las personas que quieres designar, puedes continuar tu trámite sin beneficiarios e ingresar posteriormente a la sección Mi perfil para designarlos.